NATALY CÁRDENAS
El Congreso del Estado recibió una segunda propuesta ciudadana con la que se busca frenar los riesgos de censura y vulneración a la libertad de expresión que genera la actual legislación penal en materia de Inteligencia Artificial en el estado, conocida como “Ley Serrano”.
El proyecto de reforma, presentado por el ciudadano Álvaro Israel Leyva Frías, plantea eliminar los vacíos legales que criminalizan contenidos digitales bajo conceptos ambiguos como “provocar alarma social” o “afectar la confianza institucional”. La propuesta plantea redefinir las conductas delictivas mediante criterios estrictos y añadir salvaguardas para la libertad de expresión.
La iniciativa, dirigida a los secretarios de las comisiones de la LXIV Legislatura del Congreso del Estado, propone una reforma profunda a los artículos 187 Ter y 272 Bis, así como la derogación total del artículo 272 Ter del Código Penal local.
El promovente envió copias de conocimiento para la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), la Facultad de Derecho de la UASLP y la organización Artículo 19 para su respectivo análisis técnico y académico. En la fundamentación jurídica se expone que el texto vigente rompe el principio de taxatividad penal, debido a que deja a criterio subjetivo del Ministerio Público la determinación de si una crítica o un trabajo informativo constituye un delito.
El proyecto de decreto conserva la sanción de cuatro a ocho años de prisión para la difusión de contenido explícitamente sexual simulado sin consentimiento (“deep fakes”). Sin embargo, introduce un estándar de acreditación concurrente para el delito de suplantación digital de identidad, el cual obligará a la autoridad ministerial a demostrar la falsedad material del soporte, la intención dolosa del autor, la producción de un daño medible y una finalidad ilícita específica, como el fraude o la extorsión.
Para proteger la labor informativa, la reforma incorpora una cláusula que protege explícitamente las conductas derivadas del ejercicio periodístico, la investigación, el derecho a la información, la parodia y la creación artística. Asimismo, el texto establece que la incorporación de una leyenda visible o un metadato técnico que advierta al público sobre el uso de tecnologías de automatización excluirá el dolo penal.
La propuesta contempla la adición de medidas cautelares de urgencia que obligan a los proveedores de servicios de internet y redes sociales a retirar o bloquear el material lesivo en un plazo máximo de 24 horas tras recibir una orden judicial o ministerial.
Asimismo, propone la implementación de herramientas periciales públicas para la detección de contenidos sintéticos, protocolos de asesoría jurídica gratuita para víctimas de violencia digital y campañas permanentes de alfabetización ética en inteligencia artificial.

