La diputada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Aranzazu Puente, presentó este 30 de marzo una iniciativa que tiene entre un 80 y 90 por ciento de similitud con una propuesta planteada hace casi un año por la legisladora de Morena, Gabriela López Torres, misma que fue desechada por la mayoría de las bancadas del Verde y del Partido del Trabajo.
Tanto en la estructura como en los artículos a reformar, el parecido es muy notorio, y solo hay diferencias parciales en la exposición de motivos.
Ambos documentos son iniciativas de ley que buscan reformar la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí con el mismo fin: armonizar la normativa interna del Congreso con la reforma al Poder Judicial de 2024.
Al revisar las iniciativas, se detectaron coincidencias de posible plagio textual, pues en algunas secciones de la propuesta presentada por la expanista Aranzazu Puente, se utiliza una redacción idéntica o mínimamente modificada respecto a la iniciativa que Gabriela López planteó en abril de 2025.
A continuación se muestra una tabla comparativa de ambos documentos:
| Iniciativa Gabriela López | Iniciativa Aranza Puente | |
| Art. 15, Fracc. II | “Designar… a una persona Consejera integrante del Órgano de Administración Judicial…” | “Designar, a una persona Consejera del Órgano de Administración Judicial…” |
| Art. 15, Fracc. III | “Recibir la protesta de las personas Magistradas del Supremo Tribunal de Justicia, de las personas Magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial…” | “Recibir la protesta de las personas Magistradas del Supremo Tribunal de Justicia… de las personas Magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial…” |
| Art. 118, Fracc. IV | “Los relativos a la calificación de las renuncias, y las solicitudes de destitución de las personas Magistradas del Supremo Tribunal de Justicia…” | “Los relativos a la calificación de la licencia definitiva, y de las solicitudes de destitución de las personas Magistradas del Supremo Tribunal de Justicia…” |
Aunque la iniciativa de Aranzazu Puente intenta diferenciarse en la exposición de motivos, mantiene la misma lógica argumentativa.
Ambas iniciativas justifican la reforma basándose en el decreto federal del 15 de septiembre de 2024; sin embargo, la segunda iniciativa también argumenta la necesidad de la reforma a partir de la división de la Comisión de Justicia en dos órganos (Comisión Primera y Segunda), lo cual pudo haberse realizado mediante modificaciones a la propuesta original de Gabriela López en comisiones.
Asimismo, existe una coincidencia notable en la enumeración de las autoridades judiciales. Ambos documentos utilizan exactamente la misma lista y orden para referirse a los nuevos cargos:
“…de las personas magistradas del Supremo Tribunal de Justicia, de las personas magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial, de las personas consejeras del Órgano de Administración Judicial y de las personas juzgadoras de Primera Instancia del Poder Judicial del Estado…”

