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Política

Al pleno del Congreso, iniciativa para endurecer las penas por incendios

La propuesta gubernamental sugiere hasta 15 años de cárcel por ese delito.
Entre Líneas06/04/2025/12:00
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Hasta 15 años de prisión para quienes ocasionen incendios, es lo que propone el Gobierno del Estado en la iniciativa de reforma al Código Penal que se publicó el pasado viernes en la Gaceta Parlamentaria, y que se presentará el próximo martes ante el pleno del Congreso del Estado.

La propuesta plantea que la pena especificada en el artículo 235 del Código Penal para  quienes causen daño a bienes de valor científico, histórico, artístico, cultural, de servicio público, así como a bosques, selvas, pastos o cultivos de cualquier género, sea de 5 a 10 años de prisión y sanción pecuniaria de 300 a mil días del valor de la unidad de medida y actualización. Actualmente, ese delito se castiga con tres a diez años de cárcel.

El artículo 236 señala hasta el momento que si el daño, destrucción o deterioro se causa por medio de inundación, incendio, sustancias peligrosas o explosivos, la pena será de 3 a 10 años de prisión y sanción pecuniaria de 300 a mil días del valor de la unidad de medida y actualización. Ahora, el ejecutivo pretende que el encarcelamiento sea de 7 a 15 años y sanción pecuniaria de 500 a mil días del valor de la UMA.

También se sugiere aumentar las sanciones para quienes ilícitamente descarguen o depositen hasta tres metros cúbicos de residuos de la industria de la construcción. Hasta hoy, ese delito se castiga con entre 1 y 5 años de prisión y de 100 a 500 días del valor de la UMA. La propuesta consiste en 7 a 15 años de prisión y sanción pecuniaria de 300 a 600 días del valor de la UMA.

Y para quienes ocasionen daños o provoquen un desequilibrio a los recursos naturales, la fauna, la flora, los ecosistemas, el ambiente, o la calidad del agua, el castigo sería de 4 a 15 años de prisión y sanción pecuniaria de 400 a 800 días del valor de la UMA. La pena actual es de 2 a 6 años de prisión y sanción pecuniaria de 200 a 600 días del valor de la UMA.

En el caso del artículo 296, que actualmente establece una pena de 1 a 7 años de prisión y de 100 a 700 días del valors de la UMA para quien transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo o cualquier otro recurso forestal maderable, en cantidades de hasta cuatro metros cúbicos de madera en rollo o su equivalente, la propuesta gubernamental sugiere elevar el castigo de 4 a 10 años de prisión y de 400 a 800 días del valor de la UMA.

En cuanto a los incendios que dañen una barranca, un área verde en suelo urbano, predios baldíos con vegetación o basura que representen un riesgo un área natural protegida, suelo de conservación, infrasestructura ecológica urbana, pastizales, matorrales o inmuebles en general, el castigo que antes era de 2 a 5 años de prisión, aumentaría a entre 5 y 15 años de cárcel y multa de 500 a mil días del valor de la UMA.

Además se castigará con hasta 10 años de prisión a quien ilícitamente derribe, tale u ocasione la muerte de uno o más árboles, explote u ocasione daño o muerte a especies vegetales endémicas, en riesgo o en peligro de extinción, así como a quien ilícitamente extraiga suelo, tierra, piedra, o cubierta vegetal por un volumen igual o mayor a dos metros cúbicos.

incendios San Luis Potosí SLP
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