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Política

Confirma Tribunal que columnista cometió violencia política de género contra Sara Rocha

Amonestación y disculpa pública, entre las medidas para garantizar la reparación del daño y no repetición.
Entre Líneas26/03/2025/14:56
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El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) determinó por unanimidad que el periodista Juan José Rodríguez sí cometió violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la presidenta estatal del PRI, Sara Rocha Medina.

Durante la sesión pública efectuada este miércoles, se dictaminó el Proyecto Especial Sancionador derivado del expediente TESLP/PSE/01/2025 en contra de Juan José Rodríguez Medina, “periodista del Pulso Diario de San Luis Potosí, por la comisión de presuntos actos constitutivos de violencia política de género”.

El Tribunal analizó ocho textos periodísticos escritos por Rodríguez Medina, en siete de los cuales no encontró expresiones “que se traduzcan o relacionen con estereotipos de género al no dirigirse a ella por el hecho de mujer” y solo se relacionaron con aspectos, genéricos atribuibles a hombres y mujeres, emitidos por el periodista con base en su libertad de expresión.

Sin embargo, en el apartado de “Comprimidos” de la columna “Mejor Chuecos”, publicada en Pulso el 18 de julio de 2024, el tribunal sí detectó violencia política contra la mujer en razón de género, pues en dicho texto “se reproducen expresiones que se orientan a descalificar la toma de decisiones y capacidades de la denunciante ante el señalamiento de sometimiento y control de un hombre, cuando señala que actúa bajo las órdenes de su jefe, denigrando y descalificando el ejercicio de sus funciones como presidenta del PRI”.

El TEESLP detectó el uso de seudónimos como “Alita Rocha”, con lo que el periodista puso en tela de juicio la inteligencia de Sara Rocha, “otorgando un rol de subordinación a su intelecto y aptitud para llevar a cabo su figura estata,l al tratarse en la forma en que impone la opresión a través de seudónimos y subordinación que en el fondo constituyen la reproducción de esquemas de desequilibrio entre mujeres y hombres”.

Derivado de lo anterior, el Tribunal determinó imponer como sanción una amonestación pública, que determinó como adecuada proporcional, eficaz y disuasiva, con lo que se busca que Rodríguez Medina “se abstenga de incurrir en una conducta similar en contra de las mujeres”.

También le ordenó a Juan José Rodríguez ofrecer una disculpa pública a la denunciante “en el mismo sitio de internet en el cual se realizó la publicación”.

En la disculpa se deberá señala de manera clara que el denunciado cometió violencia política de género con lenguaje estereotipado y denigrante.

Además le ordenó al periodista asistir a un curso, taller o conferencia como medida de no repetición, el cual deberá ser impartido por la Secretaría de las Mujeres.

Asimismo, ordena al Ceepac inscribir a Juan José Rodríguez en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política Contra las Mujeres en Razón de Género.

San Luis Potosí SLP TEESLP
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