Debido a que policías municipales le dispararon sin justificación a un hombre luego de un reporte de riña, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió una recomendación al alcalde de ese municipio.
Según la recomendación 06/2024, el 18 de mayo de 2023, cuatro elementos policiacos recibieron un reporte de una supuesta riña durante un convivio, por lo que acudieron al sitio, justo donde se celebraba una fiesta de cumpleaños.
Los agentes – detalla el documento- esposaron a uno de los cinco hijos presentes en el convivio, pero la madre del menor, quien en el momento de los hechos tenía 15 años de edad, salió con un leño y les pegó a los agentes para que dejaran a sus hijos.
En la queja ante la CEDH se detalla que un elemento de la policía disparó al suelo dos veces, para luego retirarse. Sin embargo, 15 policías volvieron al lugar de los hechos al día siguiente, a bordo de dos patrullas; 10 de ellos detuvieron al padre de las víctimas y lo llevaron a un vehículo policial, mientras que los otros cinco fueron a casa de uno de los hijos, desde donde se escuchó un disparo.
Cuando los agentes le retiraron las esposas al papá, éste acudió a ver a su hijo, quien recibió un balazo en el pie izquierdo y no recibió auxilio de los elementos policiacos, por lo que su familia lo trasladó al Hospital Básico Comunitario de Aquismón, de donde lo refirieron al Hospital General de Ciudad Valles. En este último, además de la lesión por arma de fuego, le diagnosticaron ruptura de pabellón auricular por mordida, herida que le fue provocada durante el primer día de enfrentamiento con los agentes policiacos.
El hombre lesionado fue dado de alta hasta el 26 de junio de 2023, después de ser sometido a una cirugía.
“La autoridad responsable en su informe -detalla la CEDH-, pretendió justificar su actuación señalando que el 18 de mayo de 2023, a las 18:35 horas los agentes municipales acudieron a un llamado de una usuaria del servicio telefónico de emergencia, el cual atendieron de una manera pronta; sin embargo, incurrieron en una serie de acciones y omisiones que afecta gravemente la función pública encargada a esa corporación municipal, completamente desproporcionada en relación con la gravedad de la violación a una disposición administrativa, como lo era una riña familiar.
“Los agentes de autoridad manifestaron que trataron de calmar a la turba mediante el diálogo y, ante el caso omiso de éstos, comenzaron a retroceder, que se retiraron del lugar sin el joven que estaba con los ganchos de seguridad puestos en las muñecas. Que durante el regreso se percataron de que un arma larga no contaba con su cargador abastecido, por lo que al día siguiente acudieron al lugar para realizar la búsqueda de dicho cargador”.
El organismo defensor de los derechos humanos determinó que las manifestaciones de la autoridad responsable no fueron suficientes para aminorar la responsabilidad en que incurrieron; “es inverosímil que para buscar un cargador acudieran al día siguiente más de diez agentes policíacos a bordo de dos patrullas de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Aquismón, esta acción es anticonstitucional y totalmente contraria a los derechos humanos, pues los servidores públicos señalados como responsables actuaron sin motivo ni fundamento legal, violentando con ello los derechos humanos de la familia”.
Recalcó que los agentes del estado encargados de la seguridad pública están facultados para utilizar la fuerza pública y armas de fuego para aplicar la ley, garantizar la seguridad de las personas y salvaguardar el orden público; “sin embargo, esta facultad no es discrecional, ya que se deben cumplir ciertas obligaciones y responsabilidades para la protección y el respeto de los derechos humanos de las personas”.
Asimismo, la CEDH recalcó que se acreditó el daño físico que el abuso policiaco ocasionó a la víctima, quien señaló que después de dos meses desde su intervención quirúrgica, con ayuda de un bastón, empezó a trabajar poco a poco en su milpa, poniendo postes para circular el terreno de sus hermanos.